Directores de Empresas Considerados como Propietarios Beneficiarios Finales

Directores de empresas considerados como propietarios beneficiarios finales

Conocemos ya que una empresa que realiza su reporte de Informe de Propiedad Beneficiaria (BOI) de acuerdo con la Ley de Transparencia Corporativa (CTA) tiene la obligación de identificar a cada uno de los miembros de su junta directiva (o directores) como beneficiarios finales. Aunque las regulaciones de FinCEN no exigen que una empresa declarante incluya a todos los miembros de la junta directiva como beneficiarios reales, existen algunas consideraciones prácticas que se deben considerar para elaborar el reporte.

Según la ley CTA, una empresa que presenta el reporte BOI, debe incluir la identificación de cada uno de sus beneficiarios reales. Un beneficiario efectivo es cualquier individuo que directa o indirectamente posee el 25% o más de la participación en la propiedad de la empresa que está emitiendo el informe, o que ejerce un control sustancial sobre la empresa. Los miembros del consejo de administración de una empresa no ejercen automáticamente un control sustancial en virtud de su función como directores. 

De acuerdo a la información presentada por FinCEN en Preguntas Frecuentes D.9, se establece expresamente que un miembro del consejo de administración de una empresa que informa no siempre necesita ser identificado como beneficiario final. Y, sin embargo, no existe ninguna disposición en las regulaciones de FinCEN que describa las circunstancias bajo las cuales se debe identificar a un director. En la definición de “control sustancial” dentro de la subsección (c), se establece que un individuo tiene control sustancial (y por lo tanto es un beneficiario final) si este individuo “tiene influencia sustancial sobre decisiones importantes tomadas por la empresa que informa”. 

El contenido de la explicación en Preguntas Frecuentes D.9 indica que “si un director en particular cumple con alguno de estos criterios (de control sustancial), es necesario que la empresa que informa deba considerarlo director por director”. Esta conclusión se desprende del reglamento, pero no da una contestación directa al concepto de “influencia substancial”. Las interpretaciones que sugieren identificar sólo a un miembro de la junta directiva que tiene poder de disposición o poder de veto, crean una prueba de línea clara, pero no están respaldadas por la regulación. 

El reglamento no dice que un miembro del directorio es un beneficiario efectivo sólo cuando tiene el poder de determinar o vetar una decisión importante. En el reglamento se da referencia a una “influencia sustancial” sobre una decisión importante. No hay nada en el reglamento que señale que un miembro “controlador” de la junta directiva sea un beneficiario efectivo, pero un miembro “pasivo” de la junta directiva no lo es. No existe una manera objetiva para determinar cuando un director actúa de forma independiente, mientras otro actúa de forma pasiva. Esta falta de orientación regulatoria es particularmente grave si se considera el impacto que causaría el adivinar mal. 

En un proceso de reporte BOI que esté potencialmente defectuoso, el acusado argumentará que realizó una estimación seria y juiciosa de los hechos y circunstancias. El fiscal instará a que los mismos hechos simplemente demuestran complicidad y manipulación de la información deliberadamente realizadas por el acusado. Un acusado que necesita demostrar la ausencia de una omisión “deliberada” de revelar su caso tendrá dificultades para obtener una desestimación previa al juicio, incluso con la documentación más sólida en un proceso de decisión interno honesto.

La falta de una indicación oficial para poder determinar qué directores tienen una influencia sustancial sobre las decisiones importantes, implica la necesidad de tener un enfoque conservador. Si no existe un margen de tolerancia regulatorio para excluir a un director en particular, entonces la única regla libre de riesgos es aquella que incluye a todos los directores.

Basado en esta información, podemos anotar que el enfoque más prudente para presentar un reporte BOI, es incluir a cada miembro de la junta directiva como beneficiario final. 

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Prioridades de la Red de Control de Delitos Financieros FinCEN

Prioridades de la Red de Control de Delitos Financieros FinCEN

La Red de Control de Delitos Financieros del Tesoro de los Estados Unidos ha determinado sus prioridades para monitorear y aplicar la ley en contra de las entidades y personas que no cumplan con la responsabilidad de reportar el Informe de Propiedad Beneficiaria (BOI). 

La regla final de la FinCEN sobre el reporte BOI, entró en vigor el 1 de enero de 2024. La FinCEN emitió una plantilla para los informes de beneficiarios reales, y se encuentra revisándola en respuesta a las críticas recibidas tanto del Congreso como de ciertos sectores de la industria. La CTA exige que las empresas informantes recién formadas (desde 2024) envíen su información sobre beneficiarios reales y solicitantes de la empresa a la FinCEN dentro de los 90 días posteriores a su formación. Para las empresas informantes formadas antes del 1 de enero de 2024, la fecha límite para presentar información sobre el beneficiario final es el 31 de diciembre de 2024.

FinCen enunció entre sus prioridades a cumplir, los siguientes puntos:

  • Revisar sus estándares para el cobro de reclamaciones federales (31 CFR Partes 900-904).
  • Proponer un reglamento para el Establecimiento de Prioridades Nacionales de Examen y Supervisión.
  • Proponer un reglamento para los Informes y Registros de Transacciones Inmobiliarias.
  • Proponer revisiones a los requisitos de debida diligencia del cliente para instituciones financieras.
  • Emitir una regla final para un programa piloto sobre intercambio de información relacionada con informes de actividades sospechosas dentro de un grupo financiero.
  • Emitir una norma final sobre el acceso y las salvaguardias de la información sobre los beneficiarios reales y el uso de identificadores FinCEN para las entidades.
  • Iniciar un estudio a largo plazo de Modificaciones a la Definición de Corredor o Distribuidor de Valores (Crowdfunding).
  • Iniciar un estudio a largo plazo sobre la aclaración del requisito de recopilar, retener y transmitir información sobre transacciones que involucran monedas virtuales convertibles y activos digitales con estatus de curso legal.
  • Iniciar un estudio a largo plazo sobre los requisitos para ciertas transacciones que involucran moneda virtual convertible o activos digitales.
  • Comenzar un estudio a largo plazo sobre la Sección 6110 de la Ley de Secreto Bancario que involucra a comerciantes de antigüedades y artes.
  • Iniciar un estudio a largo plazo sobre informes y registros de transacciones de bienes raíces comerciales.

Los datos del reporte BOI que FinCEN recopila de las empresas que informan a la CTA se conservarán en una base de datos del «Sistema Seguro de Propiedad Real» o «BOSS». FinCEN emitió un Aviso de propuesta de reglamentación con respecto a cómo varias entidades accederán a BOSS (la «Regla de Acceso»). Tanto los defensores de la industria como fuentes del Congreso criticaron la Regla de Acceso y FinCEN reconoció esas críticas y prometió cambiar su enfoque. FinCEN aún no ha emitido un nuevo informe con respecto a la regla de acceso.

Un aspecto clave de la CTA fue que se suponía que BOSS sería “muy útil” para los bancos e instituciones financieras, quienes actualmente están obligados a recopilar información sobre beneficiarios reales de sus clientes bajo un conjunto separado de regulaciones bajo la Ley de Secreto Bancario. 31 CFR 230. FinCEN emitió regulaciones para armonizar los requisitos de información sobre beneficiarios reales de la CTA con las obligaciones de recopilación de datos sobre beneficiarios reales de los bancos según su regla de diligencia debida del cliente. El último anuncio de FinCEN confirmó que la Regla de Informes ya entró en vigor el 1 de enero de 2024.

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Riesgos de reportar BOI sin asesoría legal

Riesgos de reportar BOI sin asesoría legal

Uno de los aspectos más importantes a considerar dentro de la nueva Ley de Transparencia Corporativa (CTA), son los riesgos que se corren al realizar un reporte del Informe de Propiedad Beneficiaria (BOI) sin el debido asesoramiento. Inclusive el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos dentro de la Red de Control de Delitos Financieros advierte a los contadores públicos en el cuidado de realizar los reportes BOI, por lo que supone un riesgo significativo en el caso de que los accionistas de las empresas lo hagan sin contar con el apoyo de un abogado entendido en el tema.

¿A quién se le considera declarante en los reportes BOI?

La Sección 380(g)(1) de la Norma de Presentación de Informes establece que la “persona” que presenta un reporte BOI puede ser un individuo, una empresa, u otra entidad. FinCEN incluye en este concepto el hecho de que cualquier persona a quien la empresa informante autorice a actuar en su nombre (un empleado, el propietario o un proveedor de servicios externos), puede presentar un reporte BOI a nombre de la empresa informante.

Desde una perspectiva que disminuye los riesgos, es muy importante considerar que el administrador de la empresa debería ser la persona que autoriza y presenta el reporte BOI ante FinCEN con el debido asesoramiento de un abogado o de una organización respaldada legalmente.

¿Quién asume la responsabilidad legal de presentar un reporte BOI?

La Sección 380(g)(4) establece que: “si una persona no reporta información completa o actualizada sobre el beneficiario real a FinCEN, con respecto a una entidad: (i) dicha entidad está obligada [por ley] a reportar información a FinCEN, (ii) la compañía que reporta no reporta dicha información a FinCEN, y (iii) dicha persona causa la falla o es un alto funcionario de la entidad en el momento de la falla”.

Esto quiere decir que  la responsabilidad por la información que fue requerida (pero que no reportada o fue reportada con errores) recae en los altos directivos de la empresa informante y en cualquier persona que “cause la falla”. La frase «cause la falla» puede aplicarse a una persona que proporciona información falsa o que se niega a proporcionar la información precisa que se requiere en el reporte BOI.

Adicionalmente cuando nos referimos a las Preguntas Frecuentes publicadas por FinCEN en lo que corresponde a la pregunta K.3 claramente explica dos puntos específicos:

  • ¿Se puede considerar responsable a una persona que presenta un informe en nombre de una empresa informante? . Una persona que presente intencionalmente un reporte de información sobre beneficiarios reales que sea falso o fraudulento en nombre de una empresa, puede estar sujeta a las mismas sanciones civiles y penales de la empresa que informa y sus altos funcionarios.
  • ¿Se puede responsabilizar a un beneficiario final o a un solicitante de empresa por negarse a proporcionar la información requerida a una empresa que presenta informes?

. Como se describió anteriormente, se puede interponer una acción coercitiva contra una persona que intencionalmente provoque que una empresa informante no presente información completa o actualizada sobre el beneficiario real a FinCEN. Esto incluiría a un beneficiario final o a un solicitante de empresa que intencionalmente no proporciona la información requerida a una empresa que presenta informes.

Y las consecuencias de realizar un reporte BOI sin un asesoramiento legal calificado, podrían traer perjuicios económicos, como también los reconoce el FinCEN en la pregunta K2. ¿Qué sanciones enfrentan las personas por violar los requisitos de presentación de informes de la BOI? Como se especifica en la Ley de Transparencia Corporativa, una persona que intencionalmente viole los requisitos de presentación del reporte BOI puede estar sujeta a sanciones civiles de hasta $500 por cada día que continúe la violación. Sin embargo, el monto de esta multa civil se ajusta anualmente según la inflación. Al momento de publicación de estas preguntas frecuentes, este monto es de $591.

Una persona que viole intencionalmente los requisitos de presentación de informes de la BOI también puede estar sujeta a sanciones penales de hasta dos años de prisión y una multa de hasta 10,000 dólares. Las posibles violaciones incluyen no presentar intencionalmente un informe de información sobre beneficiarios reales, presentar intencionalmente información falsa sobre beneficiarios reales o no corregir o actualizar intencionalmente información sobre beneficiarios reales previamente reportada.

Conclusión

Cualquier persona física o jurídica puede ser un “presentador” de un reporte BOI. Considerando esto, es sumamente importante que el “presentador” esté asesorado legalmente por un profesional certificado o por una organización que se especializa en asesorar legalmente a dueños de negocios, sociedades, corporaciones y empresas subsidiarias.

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La Disolución de Compañías en torno a la Ley de Transparencia Corporativa

La Disolución de Compañías en torno a la Ley de Transparencia Corporativa

Una pregunta frecuente cuando se está tocando el tema de la nueva Ley de Transparencia Corporativa (CTA) es si una entidad que se disuelva antes del 31 de diciembre de 2024 aún estaría obligada a presentar un reporte de información sobre sus beneficiarios finales (BOI). Esta pregunta es muy importante.

Si una entidad disuelta deja de ser una “empresa declarante”, de modo que no tenga el deber de presentar una declaración, entonces cualquier empresa declarante que ya no esté activa, podría disolverse antes de finales de 2024 y no tener el deber de presentar una declaración. Sin embargo, si la CTA obliga a todas las empresas declarantes existentes a principios de 2024 a presentar una solicitud (independientemente de que estén disueltas), entonces es muy probable que la disolución no ponga fin a la responsabilidad jurídica de la empresa.

¿Qué es la disolución?
Uno de los desafíos que se presentan es que cada estado define y trata a la disolución de manera diferente. Incluso dentro de un solo estado, puede haber múltiples tipos de procedimientos de disolución y diferentes procedimientos para diferentes tipos de entidades. Por esta razón es muy importante recurrir a la ayuda de un abogado competente para revisar y estar seguros de cumplir con todos los requerimientos de las leyes estatales.

No existe una regla final para la presentación de reportes BOI en torno a la pregunta de si una entidad disuelta queda o no exenta de su obligación de presentar el reporte BOI. Se debe entender que pueden surgir escenarios reales específicos durante la implementación que requieran una aclaración adicional.

En lo que tiene que ver con las empresas que se disuelvan durante el año 2024, se debe reconocer tácitamente que la disolución de una entidad significa el fin de su existencia corporativa y la eliminación de su obligación de presentar un reporte BOI.

La importancia de la Asesoría Legal Competente
Los abogados que han estudiado estas disposiciones a veces han llegado a conclusiones diferentes. En conclusión se podría decir que una entidad que ha sido disuelta según su ley estatal de modo que ya no tiene existencia legal, debería estar exenta de la obligación de presentar un reporte BOI. Por no existir una regulación específica al respecto, los abogados de las empresas que están asesorando con esta obligación, deben tener cuidado al orientar a sus clientes.

Debemos considerar que si la entidad no existe, esta no puede tener un alto funcionario autorizado a presentar una solicitud. Una vez que una entidad se disuelve total y definitivamente, no tiene altos funcionarios. Sin embargo, las entidades que simplemente han presentado un “aviso de disolución” o cualquier presentación precursora que inicia el proceso de liquidación, todavía tienen existencia legal. Por lo tanto las entidades que tengan alguna forma de existencia legal, deben presentar el reporte BOI a su debido tiempo.

Por esta razón es importante que las empresas tengan el asesoramiento legal profesional para realizar sus reportes.

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